El derecho a la (in)movilidad humana en África frente a la necropolítica migratoria y su externalización

Alfredo Dos Santos Soares

Una de las profundas herencias de la colonización, de la pugna por África en el siglo XIX y del resultante trazado de sus fronteras a lo largo de las líneas coloniales es el haber convertido el continente africano en un espacio carcelario, una penitenciaría de masas y a cada africano/a negro/a en un emigrante ilegal en potencia, incapaz de desplazarse salvo en condiciones cada vez más punitivas. Desde entonces, ser africano y ser negro significa ser relegado a uno u otro de los numerosos espacios de confinamiento inventados por la modernidad y sus imparables dinámicas capitalistas y racistas; significa, en todo caso, ser despojado a la vez del derecho a la movilidad y del derecho a la inmovilidad (el de permanecer y vivir en paz y dignidad en su propia tierra). No en vano las luchas africanas y diaspóricas por la libertad y la autodeterminación siempre han estado entrelazadas con la aspiración a moverse y establecerse sin cadenas.
Sobre la base de lo anterior y utilizando el enfoque analítico de los derechos humanos y de los pueblos, la presente contribución persigue calibrar la envergadura de la iniciativa impulsada por la Unión Africana, en 2018, en materia de libre circulación de personas, derecho de residencia y derecho de establecimiento. Se esfuerza por examinar hasta qué punto esta iniciativa configura una política migratoria internacional centrada en los pueblos africanos y supone una ruptura con el paradigma occidental dominante (necropolítica migratoria). Y avanza la conclusión según la cual la exitosa implementación de dicha política permitiría a los/as africanos/as y afrodescendientes de todo el mundo romper las cadenas, desplazarse sin trabas a través de las fronteras coloniales y establecerse donde deseen, dentro de su colosal continente.